La formulación de la queja o reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.
El proveedor debe dar respuesta al reclamo o queja en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, el cual es improrrogable.
Si no se consigna de manera adecuada toda la información mínima obligatoria, la queja o el reclamo se considerará no presentado.
TAYPIKALA VALLE SAGRADO URUBAMBA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-TAYPIKALA VALLE SAGRADO S.A.C
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